En nuestra web te informamos de la normativa para patinetes eléctricos vigente.
La normativa está regulada por la DGT de forma general y en algunos ayuntamientos se añaden algunas particularidades a la norma.
Por el momento, si tienes un patinete que no supera los 25 km/h y no tienes asiento, está clasificado como VMP y eres legalmente un vehículo.
Si tienes un patinete «potente», ojo, porque si supera los 25 km/h según las especificaciones del fabricante o bien tiene asiento, no sería un VMP y sería un vehículo no autorizado a circular. Además, esos patinetes potentes o rápidos quizá ni siquiera puedan homologarse como ciclomotor si no lo va a homologar el fabricante. En caso de que puedas homologarlo como ciclomotor, requeriría matrícula, seguro, casco, permiso de conducción e ITV.
Estas son las normas generales de la DGT, te recomendamos que además verifiques si hay normas adicionales aprobadas en el ayuntamiento donde resides.
Esta normativa ha sido actualizada en enero de 2022 y publicada en el BOE del 21/01/2022
Desde Seguropatinete.com te mantendremos informado de las actualizaciones cuando se publiquen actualizaciones
Tenemos una sección de preguntas frecuentes donde podrás encontrar toda la información actualizada sobre normativas y que hacer en caso de accidente con patinete eléctrico.
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